Una sociedad organizada exige la máxima valoración de su Constitución, en la que se establecen los principios, los derechos, las obligaciones y las garantías de sus integrantes y que dispone también la forma de gobierno, la competencia y los fines del Estado. Estar constituido es contar con una Constitución.
A lo largo de la historia los pueblos han procurado racionalizar el poder político y uno de los modos más eficaces de hacerlo lo aportó el “constitucionalismo”. Acordar una ley suprema tanto en el orden provincial, como en el nacional, que rija la convivencia, y a la que todos deban someterse, es un acto político de la máxima trascendencia en la historia de los pueblos y debe ser sostenido con una permanente valoración.
En este marco, acercar a la ciudadanía a nuestra Constitución, resulta indispensable para el desarrollo de los pueblos.
El artículo 1º de la ley nacional Nº 25.863 declaró el día 1º de mayo de cada año como Día de la Constitución Nacional en conmemoración de su sanción, acaecida el 1º de mayo de 1853 en la Ciudad de Santa Fe.
El artículo 2º de esa disposición legal ordenó la inclusión de jornadas alusivas al día nacional instituido, en los calendarios escolares y académicos de los niveles medio y superior de las distintas jurisdicciones escolares. El objetivo de esas jornadas debe ser el de reflexionar sobre los significados, importancia y efectividad de los postulados normativos de nuestra Constitución, particularmente los derechos y garantías de los habitantes y la observancia de los valores democráticos.
Los objetivos tenidos en mira por el legislador nacional al sancionar la Ley Nº 25.863 deben ser debida y calurosamente compartidos por esta Provincia, al representar la Constitución Nacional el pacto definitivo de unidad de todos los componentes de la Nación Argentina. Resulta necesario, entonces, establecer medidas concretas en tal sentido.